LA GARANTIA

La garantía


Las cauciones judiciales son un medio idóneo y accesible para garantizar las obligaciones procesales. Se utilizan en toda situación en la que se ordene la constitución de una garantía propia del derecho privado. Los casos más usuales de aplicación, tanto para una contracautela como para una sustitución de medida cautelar, son: el embargo preventivo, el secuestro, la administración y/o intervención judicial, la inhibición de disponer o gravar bienes, la anotación de la litis, la prohibición de innovar y de contratar y el arraigo.


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Ventajas del seguro


Las Garantías Judiciales tienen numerosas ventajas:
  • Permiten la no afectación de activos físicos o líquidos al momento de garantizar obligaciones.
  • Instrumento de garantía económico y de fácil acceso.
  • Tiempos de emisión ágiles, acordes a los plazos procesales.
  • Incorpora al Asegurador como fiador, lo cual es una doble garantía para el Asegurado.
  • La póliza es de cobro inmediato en caso de siniestro. No existe beneficio de excusión.
  • Tipos de cobertura


    En cauciones judiciales existen dos coberturas básicas, además de otros casos de aplicación:
  • Contracautela: es la garantía que debe prestar quien ha solicitado la traba de una medida cautelar para garantizar los perjuicios que pudiera ocasionar en caso de haberla pedido sin derecho.
  • Sustitución de Medidas Cautelares: se sustituye la medida cautelar, liberando de esta manera el patrimonio afectado por dicha medida.


  • Casos de aplicación

    Modelos de póliza


    Las pólizas de Confidens son respaldadas y emitidas por Aseguradores de Cauciones, una de las primeras aseguradoras especializadas en seguros de caución, con larga trayectoria en el mercado.

    Contracautela Sustitución Med. Cautelares